En las últimas décadas, el interés por el funcionamiento de las instituciones penitenciarias en Europa ha crecido notablemente. Aunque las competencias en materia penal y penitenciaria siguen siendo esencialmente nacionales, las instituciones europeas han ido estableciendo criterios comunes y recomendaciones para garantizar la protección de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad.
En este artículo analizamos cómo se configura el Derecho Penitenciario en la Unión Europea, con especial atención a los modelos de Alemania, Italia, Francia y Noruega, y a las líneas comunes que apuntan hacia una humanización de las penas y una mayor armonización supranacional.
El marco europeo: más allá de las fronteras nacionales
Aunque la normativa penitenciaria sigue siendo competencia de cada Estado, Europa ha desarrollado una estructura normativa y judicial de protección de derechos humanos en prisión. Destacan:
Las Reglas Penitenciarias Europeas (European Prison Rules): un conjunto de principios no vinculantes, pero con gran autoridad política y ética.
El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT): órgano que inspecciona centros de detención y emite informes sobre las condiciones reales de vida en prisión.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH): cuyos pronunciamientos han incidido profundamente en la ejecución de penas en los 46 países del Consejo de Europa.
Estos instrumentos, junto con el seguimiento por parte de ONGs y universidades, permiten avanzar hacia un modelo penitenciario europeo más justo, garantista y humanitario.
Alemania: la reinserción como eje del cumplimiento penitenciario
El sistema alemán parte de una concepción clara: la culpabilidad del autor es la base y límite de la pena. La Ley de Ejecución de Penas, en vigor desde 1977, establece que la prisión debe preparar al recluso para una vida responsable en libertad, aproximando su experiencia carcelaria a la vida en sociedad.
Tratamiento penitenciario obligatorio
El enfoque resocializador se impone incluso contra la voluntad del interno, tal y como ha avalado el Tribunal Constitucional alemán. Se contemplan además medidas preventivas —como el internamiento psiquiátrico o la detención por peligrosidad— con límites temporales.
Prisión perpetua
Aunque abolida la pena de muerte, Alemania conserva la cadena perpetua, susceptible de ser revisada tras 15 años, siempre que se prevea una reinserción viable.
Descenso de la población reclusa
Desde los años 80, Alemania ha conseguido una notable reducción de su población penitenciaria, gracias a políticas eficaces de prevención y reintegración.
Italia: de un modelo inquisitivo a una justicia penal más racional
Italia reformó profundamente su sistema de procedimiento penal en 1988, abandonando el antiguo modelo inquisitivo heredado del fascismo y adoptando un esquema acusatorio más garantista.
Especial atención a los menores
El procedimiento penal juvenil se rige por normas específicas, que priorizan medidas socioeducativas frente a las sanciones penales, como la suspensión del proceso y su posterior archivo si el menor muestra buena conducta.
Responsabilidad penal solo para personas físicas
En Italia, la responsabilidad penal se limita a los individuos. Las personas jurídicas no son penalmente responsables, aunque sí pueden enfrentarse a sanciones administrativas.
Estructura del Código Penal
Divide los delitos en "crímenes" y "faltas", y diferencia las sanciones en función de la gravedad. Además, establece los límites de edad penal, que comienza a los 14 años.
Francia: reformas en marcha ante una crisis penitenciaria
Francia ha afrontado una grave crisis estructural en su sistema penitenciario, denunciada tanto por profesionales del ámbito carcelario como por organismos internacionales. Las condiciones de hacinamiento, falta de recursos y deficiencias estructurales han puesto en entredicho la capacidad del sistema para cumplir sus funciones resocializadoras.
Plan de construcción de prisiones
En respuesta, se han impulsado proyectos para aumentar la capacidad carcelaria, aunque la situación económica limita el alcance de estas iniciativas.
Noruega: el modelo más humano y avanzado de Europa
Noruega destaca como uno de los países con una política penitenciaria más progresista del mundo.
Bajas tasas de encarcelamiento
Con solo 75 presos por cada 100.000 habitantes, la mayoría de las condenas son breves y enfocadas a la rehabilitación rápida del penado.
Prisiones abiertas y ecológicas
El ejemplo más conocido es la prisión de Bastøy, ubicada en una isla y gestionada bajo principios de responsabilidad personal, respeto y sostenibilidad. Los internos viven en pequeñas casas, gestionan su alimentación y participan en actividades educativas o laborales.
Filosofía de reinserción
En Noruega, el preso no es un número, sino un individuo con capacidad de cambio. Se promueve la autogestión, la confianza y el compromiso social como herramientas para la verdadera rehabilitación.
España
Explicación detallada del sistema penitenciario español
1. Características Generales
El sistema penitenciario español se rige por la LOGP (Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre). Esta norma introduce una visión moderna de la ejecución penal: los presos son titulares de derechos, con deberes, pero sin que su condición de internos implique la pérdida total de su ciudadanía.
Además, la Constitución Española establece en su artículo 25.2 que las penas privativas de libertad deben orientarse hacia la reeducación y reinserción social, siendo este el objetivo central del sistema.
2. Objetivo principal
El objetivo declarado del sistema penitenciario español no es solo castigar el delito, sino reinsertar socialmente al condenado y evitar la reincidencia. Se trata de un equilibrio entre seguridad, control y tratamiento individualizado.
3. Modelos o Medidas destacadas
Clasificación por grados:
1er grado: régimen cerrado (para internos peligrosos o inadaptados).
2º grado: régimen ordinario (mayoría de los internos).
3er grado: régimen abierto (permite salidas controladas y semilibertad).
Permisos y beneficios:
Se otorgan en función del comportamiento, cumplimiento del plan de tratamiento, y evolución positiva del interno.
Tratamiento individualizado:
Incluye programas educativos, laborales, terapéuticos y de intervención social.
4. Notas relevantes
El modelo español destaca por su marco garantista, tanto a nivel constitucional como legislativo.
El respeto a la dignidad del interno y su participación activa en el tratamiento son principios esenciales.
El sistema es descentralizado, con competencias penitenciarias transferidas a algunas Comunidades Autónomas (como Cataluña y País Vasco).